miércoles, 29 de julio de 2009

INFORMACION IMPORTANTE


AL LEER ESTAS LINEAS, DE SEGURO TAMBIEN IRAN RECIBIENDO COPIAS DE LOS ESTATUTOS Y DEL CONTRATO COLECTIVO SUSCRITO POR ESTOS DIRECTIVOS. Y EN RAZON, QUE SE ARGUYEN DISTINTAS POSICIONES, POR CIERTO VALIDAS. RESPECTO A UNA VERDAD UNICA ES EXPONEMOS COMO SIGUE:
Se propuso el reformar estatutos, en el articulado número 37, que dice relación con el valor de cuota sindical. Trasformado de:

ARTICULO 37º: Serán obligaciones de los afiliados al sindicato:
a) Pagar oportunamente las cuotas sindicales; consistentes en una cuota mensual equivalente a UF 0.62 y una de incorporación de UF 0.7.

A:
ARTICULO 37º: Serán obligaciones de los afiliados al sindicato:
a) Pagar oportunamente las cuotas sindicales; consistentes en una cuota mensual equivalente a $1.000.- y una de incorporación de $5.000.


Si bien no existió acuerdo entre los directivos respecto del monto del nueva cuota la explicación surge por:

1.- Algunos asociados, están o estarán postulado a créditos hipotecarios y es necesario que incrementen su liquidación. (Hay al menos dos socios a quienes no se les descuenta por planilla y pagan directamente la cuota de $12.000).
2.- Dadas las actuales relaciones laborales, no es necesario de disponer de un flujo de efectivo mayor para solventar eventuales pagos de honorarios de asesores del sindicato.
3.- Y que existe un numero importantes de asociados, que no esta al día en su situación de pagos y se les hace inviable pagar esa cifra.
4.- Que el principal objetivo del sindicato es propender al bienestar y defensa de los derechos de sus asociados, esta responsabilidad no puede soslayar el derecho de los demás trabajadores y la lucha por el bien común de cada uno miembros de nuestra Universidad.
5.- Que no podemos ejercer discriminaciones indebidas entre trabajadores con el fin exclusivo de incentivar o desestimular la afiliación o desafiliación sindical, tal como, nos ocurrió, en un álgido momento de nuestra historia.
6.- Y último, por que no aceptamos el chantaje o presión moral para que un trabajador formalice su afiliación o desafiliación a un sindicato. Y renegamos de cualquier recurso que pueda entenderse como una práctica dolosa o expropiatoria, respecto de salarios de los trabajadores asociados o no.

INFORMADOS PLENA Y OPORTUNAMENTE, CITAMOS A TODOS LOS SOCIOS ACTIVOS A UNA REUNION.
EL PRÓXIMO MIERCOLES 5 DE AGOSTO DE 2009, A LAS 18.00 HRS EN CAMPUS LAUTARO, EN PRIMERA CITACIÓN Y A LAS 18.30 EN SEGUNDA Y FINAL.
TABLA:


1.- ACUERDO SOBRE REFORMA ESTATUTOS.
2.- ALCANCES SOBRE CONTRATO COLECTIVO.
2.- DEFINICION SOBRE BONO FIESTAS PATRIAS.
3.- ENTREGA DE CALENDARIO ELECTORAL.

Precisiones

viernes, 24 de julio de 2009

Modificacion de articulo 37 de estatutos del sindicato.


SE REBAJARA CUOTA SINDICAL A $ 1000 E INGRESO A $ 5000.-A PARTIR DE JULIO.


VOTE :

APRUEBO O RECHAZO

LAUTARO 14.00 HRS
PUERTA DEL MAR 15.00 HRS.
TRANTINO 16.00 HRS.

viernes, 17 de julio de 2009

INFORMAMOS A TODOS LOS ASOCIADOS : QUE POR ACUERDO DE LA ASAMBLEA. SE PRESENTARA A REFORMA EL ARTICULO 37 , DE NUESTROS ESTATUTOS: EL DIA LUNES 27 DEL PRESENTE.

dice actualmente:

ARTÍCULO 37º: Serán obligaciones de los afiliados al sindicato:
a) Pagar oportunamente las cuotas sindicales; consistentes en una cuota mensual equivalente a UF 0,62 y una de
incorporación de UF 0,7.


Dirá el reformado:

a) Pagar oportunamente las cuotas sindicales; consistentes en una cuota mensual equivalente a $1.000 y una de incorporación de $ 5.000.



ELLO DADA LO COMPLEJO DE LA SITUACIÓN ECONOMIUCA Y QUE PARA MUCHOS FUNCIONARIOS , SE HACE NECESARIO VER REFLEJADO MAYOR INGRESO PARA POSTULACION A VIVIENDA.


A PARTIR DE JULIO NO SE DESCONTARA POR PLANILLA VALOR DE CUOTA SINDICAL. SIENDO RESPONSABILIDAD DE ASOCIADOS ACERCARSE A TESORERIA PARA SU PAGO